La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a un recurso interpuesto por la defensa pública y anuló la decisión del Juzgado Federal Nº1 de Paraná, Entre Ríos, que había denegado la suspensión del juicio a prueba a una mujer en estado de vulnerabilidad.

Se trata de un caso en el que se investiga la responsabilidad de una mujer acusada de encubrimiento de contrabando de accesorios para teléfonos celulares de origen chino. La defensora oficial de la mujer, Dra. Noelia Quiroga, pidió que el juez de primera instancia concediera una suspensión del juicio a prueba (instituto popularmente conocido como “probation”) teniendo en cuenta la particular situación de vulnerabilidad de su defendida: vive en extrema pobreza, es único sostén de su familia (trabaja en doble turno en un autoservicio y tiene seis hijos), sin nadie que la asista, no sabe leer ni escribir (solo firmar), no tiene obra social y vive en una vivienda de material precario, sin luz, sin agua y sin gas. La defensora recordó, además, que la mujer no tiene antecedentes.

En su planteo, Quiroga destacó que el fiscal se pronunció a favor de su pedido ya que “no solo no se opuso a que se le conceda la suspensión del juicio a prueba (…) sino que además, al momento de expedirse sobre este punto concreto, señaló las condiciones concretas y personales que lo llevaron a dictaminar en esa forma”. Además, el representante del Ministerio Público Fiscal consideró que, si bien tenía conocimiento de lo que hizo la mujer, ella también ofreció colaboración en el momento de la indagatoria para identificar al responsable de la maniobra de contrabando.

El juez rechazó el planteo. Al denegar la suspensión del juicio a prueba, la defensora consideró que se configuró una violación a la normativa que exige perspectiva de género y valoración de situaciones de vulnerabilidad. Por eso, interpuso un recurso de casación. Así, el caso llegó a la siguiente instancia.

En su actuación frente a la Cámara Federal, la defensora pública coadyuvante Dra. Nuria Sardañons de la Defensoría Pública Oficial Adjunta ante la Cámara Federal de Casación Penal N° 4 consideró adecuada la fundamentación efectuada por Quiroga y solicitó se hiciera lugar al remedio procesal intentado. Según consigna el fallo, la letrada “reiteró como agravios la violación del principio acusatorio, la garantía de imparcialidad y los derechos de defensa y debido proceso. Asimismo, referenció que el art. 19 de la Ley 26.735, en cuanto prohíbe otorgar la probation respecto de delitos aduaneros, avasalla el derecho a la igualdad y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno. Por último, y como planteo subsidiario, esgrimió la inaplicabilidad de la norma en el caso concreto y la omisión de resolver la cuestión con perspectiva de género, aludiendo a la condición de vulnerabilidad de su asistida”.

La Cámara Federal, integrada en forma unipersonal por el juez Mariano Borinsky, anuló lo resuelto en primera instancia, ya que evaluó -siguiendo la presentación de la defensa- que no fue considerado ni el estado de vulnerabilidad de la acusada ni se incorporó una perspectiva de género. Ambas omisiones impidieron determinar qué incidencia pudieron tener las circunstancias que rodeaban a la mujer para que se viera involucrada en un conflicto penal.

El magistrado consideró, además, que el titular del Juzgado Federal Nº1 tampoco consideró que “el Ministerio Público Fiscal –única parte acusadora en el caso- acompañó el pedido de la defensa y prestó su conformidad para la concesión de la suspensión del juicio a prueba”.

Por todo lo expuesto, la Cámara resolvió hacer lugar al recurso de casación presentado por la defensora oficial, anular la resolución de primera instancia y devolver el fallo para que se dicte un nuevo pronunciamiento acorde a lo expuesto.

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