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El Ministerio Público de la Defensa de la Nación y la Asociación Argentina de Juicio por Jurados (AAJJ) firmaron el Convenio Marco de Cooperación destinado a promover acciones conjuntas de capacitación, asistencia técnica e intercambio en torno a la implementación del sistema de juicio por jurados.
El acuerdo fue suscripto por el Defensor General de la Nación interino, Dr. Julián Horacio Langevin, y la presidenta de la AAJJ, Dra. Silvina Manes, estableciendo un marco de trabajo conjunto sobre aquellos temas vinculados con el juicio por jurados que resulten de interés común para ambas instituciones.
En este marco, las partes acordaron desarrollar actividades de cooperación y capacitación orientadas especialmente a los integrantes y representantes del MPD, teniendo en cuenta el rol que desempeñan en los procesos penales y la necesidad de fortalecer el ejercicio de un derecho de defensa eficaz y efectivo.
Entre las acciones previstas se encuentran la organización de talleres, seminarios, cursos de capacitación y simulacros de juicios por jurados, así como el establecimiento de un circuito de comunicación e intercambio sobre la implementación de este sistema en las distintas jurisdicciones.
La iniciativa se enmarca en las acciones que lleva adelante el Ministerio Público de la Defensa para fortalecer la formación permanente de sus integrantes y acompañar los procesos de transformación del sistema de justicia penal, en particular aquellos que requieren nuevas herramientas y estrategias para el ejercicio de la defensa.
El Ministerio Público de la Defensa de la Nación y la Procuración General de la Nación firmaron un convenio de cooperación informática para avanzar en la interoperabilidad entre Defensa.net, el sistema utilizado por las defensorías públicas oficiales, y Coirón, la plataforma de gestión de causas penales del Ministerio Público Fiscal.
El acuerdo fue suscripto por el Defensor General de la Nación interino, Dr. Julián Horacio Langevin y el Procurador General de la Nación interino, Dr. Eduardo Casal y tiene como objetivo facilitar la integración entre ambas plataformas, en el marco de la implementación del Código Procesal Penal Federal.
La iniciativa permitirá avanzar en un esquema de interoperabilidad que facilite el acceso de las defensorías a las actuaciones y evidencias incorporadas durante las investigaciones penales, favoreciendo una intervención de la defensa más ágil y oportuna.
En este sentido, la integración entre ambos sistemas busca reducir circuitos administrativos y evitar la duplicación de tareas, al tiempo que contribuye a mejorar el acceso digital a la información necesaria para el ejercicio de la defensa.
Durante el acto, el Dr. Langevin agradeció al Dr. Eduardo Casal y destacó la importancia del convenio, ya que expresa el espíritu de la Constitución Nacional, la defensa de la legalidad y la necesidad de coordinar acciones con las demás autoridades del sistema. “Este tipo de acuerdos demuestra la importancia de trabajar de manera conjunta para fortalecer el funcionamiento de nuestras instituciones”, finalizó.
La firma del convenio se inscribe en el proceso de adecuación institucional y tecnológica que lleva adelante el Ministerio Público de la Defensa para acompañar la implementación del sistema acusatorio en las distintas jurisdicciones del país.
El acuerdo representa un nuevo avance en la articulación entre ambos Ministerios Públicos y en el desarrollo de herramientas que permitan acompañar las nuevas dinámicas de trabajo que plantea el sistema acusatorio.

El día de hoy comienza a regir el Código Procesal Penal Federal (CPPF) en la jurisdicción de La Plata. Para eso, el Ministerio Público de la Defensa reorganizó el servicio para adecuarlo al nuevo procedimiento. En ese marco, designó al Dr. Pablo Eduardo Ordóñez como Defensor Público de Coordinación (Res. DGN N° 1025/2026) y aprobó un proyecto piloto de unidades de defensa para la jurisdicción (Res. DGN N° 1119/2026).
La nueva organización retoma la experiencia de las jurisdicciones donde ya funciona el sistema acusatorio y contempla unidades y equipos destinados a atender los distintos escenarios de litigio. Las estructuras funcionarán en las ciudades de La Plata, Lomas de Zamora, Quilmes, Junín y Pehuajó.
El proyecto piloto será evaluado periódicamente por la Defensoría General de la Nación a través de la Unidad de Implementación del Sistema Acusatorio del Ministerio Público de la Defensa (UISA), que tendrá a su cargo el seguimiento y el control de los resultados de la implementación en la jurisdicción.
Como Defensor Público de Coordinación, Ordóñez colaborará en la organización de la defensa pública y deberá garantizar la adecuada prestación del servicio en los distintos escenarios de litigio. El magistrado ejercerá esa función durante un año y supervisará el trabajo y las necesidades de las estructuras de la defensa pública federal de la jurisdicción. Ante una eventual ausencia, lo reemplazarán, en primer término, la Dra. Ivana Verónica Mezzelani y, en segundo, el Dr. Gastón Ezequiel Barreiro.
Además, se crearon una Unidad para la Defensa de Niños, Niñas y Adolescentes y Personas con Capacidad Jurídica Restringida y un Equipo de Defensa en Materia de Ejecución Penal.
La Unidad tendrá sede y supervisión en la ciudad de La Plata y competencia en La Plata, Lomas de Zamora y Quilmes. Intervendrá en materia penal y no penal mediante dos áreas funcionales: una, dedicada al ejercicio de la defensa principal; la otra, al cumplimiento de la función de defensa complementaria. Esta última representará a niños, niñas y adolescentes y a personas cuya capacidad jurídica haya sido cuestionada cuando sus intereses se encuentren comprometidos. También realizará gestiones extrajudiciales y articulará con otras instituciones en su favor.
El Equipo de Defensa en Materia de Ejecución Penal también tendrá sede en la ciudad de La Plata y competencia en toda la jurisdicción. Brindará asistencia técnica a las personas que cumplan una pena o reglas de conducta -por una condena de ejecución condicional o una suspensión del proceso a prueba-, con independencia del régimen procesal aplicable (CPPF o Ley N° 23.984) y de la etapa del proceso.
