20 provincias argentinas y 7 países de la región, todos participantes del I Congreso Latinoamericano de Salud Mental, realizado en Salta entre el 3 y el 5 de septiembre, declararon su “repudio y rechazo a todo intento o acción dirigida a desvirtuar la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental Nro. 26657 en todo el territorio nacional y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”. Agregaron, además, que la Ley Nacional de Salud Mental, significa “un avance en materia de derechos humanos” y que “es reconocida como de vanguardia en América Latina”. 

El repudio fue adherido por todos los países y provincias que participaron del Congreso. A nivel regional, firmaron Uruguay, Paraguay, Bolivia, Ecuador, Colombia, Brasil, Chile y a nivel provincial por Catamarca, Salta, Córdoba, Buenos Aires, Misiones, CABA, Corrientes, Formosa, La Pampa, Jujuy, Chaco, Santiago del Estero, Neuquén, Santa Cruz, Río Negro, San Luis, La Rioja, Mendoza, Tucumán, Entre Ríos y Santa Fe.

Asimismo, las provincias y los países de la región coincidieron en que: la región latinoamericana, “requiere de aunar esfuerzos por la problemática en común del sufrimiento psíquico y la plena vigencia de los derechos humanos”.  

 

Texto completo del comunicado:

Declaración del I Congreso Latinoamericano de Salud Mental, Salta, 

3 al 5 de setiembre de 2015

Los participantes abajo firmantes del I Congreso, de las provincias de Catamarca Salta, Córdoba, Buenos Aires, Misiones, CABA, Corrientes, Formosa, La Pampa, Jujuy, Chaco, Santiago del Estero, Neuquén, Santa Cruz, Rio Negro, San Luis, La Rioja, Mendoza, Tucumán, Entre Ríos, Santa Fe,  y de los países de Uruguay, Paraguay, Bolivia, Ecuador, Colombia, Brasil, Chile, declaran:

Su más enérgico repudio y rechazo a todo intento o acción dirigida a desvirtuar la plena implementación de la Ley Nacional de Salud Mental Nro. 26657 en todo el territorio nacional y, por ejemplo, en la CABA, jurisdicción que se ha manifestado contraria al enfoque de derechos que sustenta la misma, realizando un proceso de conocimiento de declaración de certeza donde se solicitan medidas cautelares a los efectos de impedir la intervención del Órgano de Revisión, instancia especifica del control y protección de derechos, basándose en la autonomía jurisdiccional y desconociendo el orden nacional y habiendo descalificado la propia ley de salud mental 448/00.

Esta ley responde un avance en materia de derechos humanos y su vigencia, y el respeto por la vida de niños, niñas, jóvenes, hombres y mujeres, y es reconocida como de vanguardia en América Latina, región que requiere de aunar esfuerzos por la problemática en común del sufrimiento psíquico y la plena vigencia de los derechos humanos.  

SALTA, 5 de setiembre de 2015