La Defensoría General de la Nación (DGN) logró, a través de la interposición de un habeas corpus, que la Policía de la Ciudad de Buenos Aires remueva los grilletes que estaban empotrados en el calabozo de la División Unidad Táctica de Pacificación I, un destacamento de la Policía de la Ciudad de Buenos Aires en el Barrio 31/31 bis de Retiro. Los grilletes eran utilizados de manera permanente para mantener esposadas a las personas detenidas en el lugar, una práctica prohibida que podría ser considerada una vejación o incluso tortura, al ser sostenida en el tiempo.
El habeas corpus preventivo y colectivo se presentó luego de que el Programa contra la Violencia Institucional y la Comisión de Cárceles de la DGN documentaran que, en la unidad policial de Retiro, así como también en otra unidad policial similar en el barrio popular 1-11-14, se mantenía a las personas esposadas de manera permanente.
La Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional ordenó al juez de primera instancia que se constatara la remoción de los grilletes. Tras esa decisión, el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº46 le hizo saber a las autoridades policiales que “mecanismos de sujeción como los grilletes que estaban empotrados en las paredes, resultan contrarios a los estándares nacionales e internacionales respecto a la seguridad de los internos en complejos penitenciarios o de detención transitoria”.
Las áreas de la DGN presentaron el habeas corpus luego de realizar un monitoreo en estas denominadas ‘Unidades de Pacificación Barrial’, el pasado 23 de junio. La visita incluyó las inspecciones de dos de las unidades y comunicaciones con las restantes cinco. En ese marco se halló a dos personas esposadas, una en Retiro y la otra en el Barrio 1-11-14.
El Programa contra la Violencia Institucional tomó la iniciativa de monitorear estos espacios de detención luego de que un defensor público oficial le advirtiera que había encontrado a uno de sus asistidos esposado y encadenado a grilletes en la unidad policial del Barrio 31/31 bis. En ese monitoreo se pudo constatar que las tres personas detenidas en el lugar estaban en la misma condición. Por eso se presentó un primer habeas corpus, que fue declarado abstracto por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº30 luego de que los tres detenidos fueran trasladados a comisarías vecinales ese mismo día sin las medidas de sujeción.
La Comisión de Cárceles y el Programa contra la Violencia Institucional de la DGN ya habían presentado un habeas corpus colectivo y preventivo, en noviembre de 2023, luego de documentar el uso extendido y permanente de esposas en personas detenidas en “espacios transitorios” de las Comisarías Vecinales de la Ciudad. En el contexto de sobrepoblación existente, esas dependencias policiales utilizan oficinas, vestuarios y baños, entre otras locaciones, como espacios de detención.
En ese entonces, el juez a cargo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº50 dictó “la prohibición del uso de esposas aplicadas a los internos en situación de alojamiento dentro de las dependencias policiales, debiendo ser justificado su uso en casos concretos de necesidad, mérito y conveniencia, debidamente justificado en los partes internos de la Comisaría y registrado en el libro de guardia, respecto de cada uno de los internos sometidos a esa restricción”.
En el marco de ese proceso de habeas corpus, la Superintendencia de Seguridad Comunal de la Policía de la Ciudad dictó las órdenes 179/23 y 180/23, en las que se resolvió que “Queda terminantemente prohibida la utilización de medidas de sujeción (esposas, precintos, cadenas cortas, cadenas largas, etc.) para aplicarse a las personas que se encuentren privadas de su libertad, alojadas en las Comisarias Vecinales del ámbito de esta Superintendencia”.
El juez Bruniard, titular del Juzgado Nº50, inclusive advirtió que la práctica podía constituir severidades o vejaciones y que, extendida en el tiempo, “podría ser equiparada a tortura” y denunció los hechos en la justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Sin embargo, la práctica no solo continuó, sino que se le adicionó el encadenado de las esposas a los grilletes en la Unidad del Barrio 31/31 bis.
Si bien tanto el juez de primera instancia como la Cámara de Apelaciones declararon abstracto el habeas corpus luego de corroborarse que se habían quitado los grilletes, ante la repetición de estas prácticas policiales, el Ministerio Público de la Defensa continuará con el monitoreo de estos espacios de detención.
Haga clic en los vínculos para acceder a los siguientes documentos:
- Fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional - Sala VI
- Decisión del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº46 luego del fallo de la Cámara
- Fallo del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº50 del 22 de noviembre de 2023.