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Comisión de Cárceles

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Teléfonos: (011) 4382-8634 / 1972 / 9731 / 7646


En el año 1998 por Resolución Nro. 158/98, se ha creado en el ámbito del Ministerio Público de la Defensa la Comisión de Cárceles cuya finalidad es asegurar un control intensivo sobre los establecimientos de detención verificando las condiciones generales de alojamiento, trato y tratamiento de los/as privados/as de libertad. Entre los principales objetivos de la Comisión se encuentran los siguientes:

*Evaluar las condiciones de alojamiento de los establecimientos penitenciarios federales y otras dependencias de fuerzas de seguridad.

*Promover el cumplimiento de estándares mínimos de detención establecidos internacionalmente;

*Interponer todo recurso o medida necesarios para hacerlos efectivos.

*Brindar a las personas privadas de su libertad un servicio de consulta y comunicación con instituciones y Defensorías Oficiales acerca de problemáticas típicas de sus procesos judiciales y condiciones de detención.

*Apoyar a las Defensorías Oficiales en los casos de reclamos individuales que no hayan prosperado.

Integrantes

 

Por Resoluciones D.G.N. Nº 1161/13, 1235/13, 1231/14, 1339/14, 249/16, 1394/16 teniendo en cuenta el volumen de trabajo de la Comisión de Cárceles a partir de las particulares problemáticas que presenta la situación carcelaria, se reestructuró el equipo de Co-Titulares de esta Comisión, designando como Co- Titulares  a los/las Dres./as: 

  • Coordinador: Dr. Guillermo Todarello. Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal nro. 1 de La Plata, provincia de Buenos Aires.
  • Subcoordinador: Dr. Carlos Antonio Riera. Defensor Público Oficial ante los Juzgados Federales de Primera Instancia de Santa Rosa, La Pampa.
  • Santiago Finn. Defensor Pública Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal nro. 5 de la Capital Federal.
  • Maximiliano Dialeva Balmaceda. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal nro. 19.
  • Ricardo Richiello. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal de la Capital Federal nro. 12.
  • Guillermo Todarello. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal nro. 1. de La Plata, provincia de Buenos Aires.
  • Enrique Comellas. Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales en lo Criminal Federal de Rosario, Santa Fe, interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia nro. 2 de Rosario.
  • Carlos Riera. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Santa Rosa, La Pampa.
  • Jorge Antonio Perano. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Villa María, Córdoba.
  • Gustavo Adolfo Vargas. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Eldorado, Misiones.
  • Pablo Matkovic. Defensor Público Oficial, titular de la Defensoría Pública Oficial ante los Juzgado Federales de Primera Instancia de Neuquén.
  • Alejandro Fillia. Defensor Público Oficial ante el Juzgado Federal de Primera Instancia de Moreno, a cargo de la Defensoría Pública Oficial N° 10 ante los Juzgados de Instrucción y Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.
  • Alejandro Joaquín Castelli. Secretario Letrado (cont.) de la Defensoría General de la Nación, interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial nro. 1 ante los Juzgados Federales de Primera Instancia de Corrientes.
  • Alejo Amuchástegui. Secretario Letrado de la defensoría General de la Nación, interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de Mendoza.
  • Lucas Emiliano Safarsi. Secretario Letrado de la Defensoría General de la Nación, interinamente a cargo de la Defensoría Pública Oficial ante los Tribunales Federales de Primera y Segunda Instancia de Tucumán.
  • Benjamín Brígido Solá. Secretario Letrado de la Defensoría General de la Nación a cargo de la Unidad de Control de la Ejecución de las Penas Privativas de Libertad del Distrito Judicial de Salta.

Presentaciones

Habeas Corpus - Alojamiento en "retenes" en el CPF I, Ezeiza

Habeas Corpus - Alojamiento en "retenes" en el CPF II, Marcos Paz

Habeas Corpus - Unidad nro. 4 del SPF - La Pampa

Mujeres en Prisión en Argentina: Causas, Condiciones y Consecuencias

 

Normativa

Normativa Internacional

Normativa Internacional

Estándares Relativos a Personas Privadas de Libertad y Condiciones de Detención

Convención Americana sobre Derechos Humanos

Reglas Mínimas para el Tratamiento de los Reclusos

Conjunto de Principios para la Protección de todas las Personas sometidas a cualquier forma de Detención o Prisión

Principios básicos para el Tratamiento de los Reclusos

Convención contra la Tortura y otro Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura

Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas

Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes

Legislación Nacional

Legislación Nacional

Personas Privadas de Libertad

Ley Nº 24.660 - Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad

Decreto 396/99 - Modalidades Básicas de la Ejecución.

Decreto 18/97 - Reglamento de Disciplina para los Internos.

Decreto 1139/00 - Decreto Reglamentario del capítulo VI de la Ley 24.660

Ley Nº 26.657 - Ley de Salud Mental

Ley Nº 26.695 - Ley de Estímulo Educativo 

Decreto 1136/97 - Relaciones Familiares y Sociales. VISITAS

 

Fallos

Habeas Corpus Colectivo. Derecho a la Educación. Ley 26.695

Habeas Corpus Colectivo. Derecho a la Educación. Ley 26.695

Sala II CNCP

Con fecha 22 de junio la Sala II de la CNCP hizo lugar a un habeas corpus colectivo presentado por un grupo de detenidos que reclamaban por su derecho a educarse en el Centro Universitario de Devoto -CUD-.  Entre otros puntos, se resolvió: b) establecer el plazo para que se efectivice el traslado de los internos alojados en otras unidades del SPF que asisten al CUD; c) garantizar que el SPF disponga los medios necesarios para que se cumplan en tiempo y forma los traslados; d)hacer saber a la UBA que informa cerca de la posibilidad de crear nuevos centros equivalentes al CUD.

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Necesidad de Asistencia Técnica Durante el Trámite de una Sanción Disciplinaria

Necesidad de Asistencia Técnica Durante el Trámite de una Sanción Disciplinaria

Sala II CNCP

Con fecha 8 de Mayo la Sala II de la CNCP resolvió hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de "Nota, Darío Javier" y anular la sanción oportunamente impuesta al interno . Para así resolver, sostuvo que durante la tramitación del proceso administrativo no se garantizó el derecho de defensa toda vez que Nota no contó con un abogado defensor que lo asista durante el trámite de la sanción.

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Ley de Estímulo Educativo Nº 26.695

Ley de Estímulo Educativo Nº 26.695

Posición Sala IV CNCP

Con fecha 31 de Julio de 2012 la Sala IV de la CNCP, resolviò hacer lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa de "A.P.B" que sostuvo que el Tribunal actuante no aplicó las previsiones  del art. 140 de la Ley 24.660 -según texto Ley Nº 26.695.

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CNCP. Sala IV. Prieto

El pasado 21 de agosto la Sala IV dela CNCP tuvo una nueva oportunidad de expedirse en torno a la interpretación que cabe asignarle al sistema de estímulo educativo previsto en el art. 140 de la Ley Nº 24.660 -según Ley Nº 26595. En esta oportunidad, el Tribunal dejó sentada su postura en cuantro a que la reducción de plazos no sólo alcanza a la semilibertad, salidas transitorias y a la libertad condicional sino tambien a la libertad asistida.

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Visitas de Monitoreo

Año 2014 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

Año 2014 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

Durante el transcurso del presente año se han monitoreado los siguientes establecimientos penitenciarios:

  • Unidad Residencial de Ingesos, Selección y Tránsito del Complejo Penitenciario Federal nro. I del SPF, Ezeiza (20/01/2014)
  • Unidad nro. 31 del SPF (29/01/2014)
  • Unidad nro. 28 del SPF (17/02/2014)
  • Unidad nro. 15 del SPF, Río Gallegos, Provincia de Santa Cruz (24/02/2014)
  • Unidad nro. 6 del SPF, Rawson, Provincia de Chubut (06/03/2014)
  • Programa Insterministerial de Salud Mental Argentino del Complejo Penitenciario Federal nro. I del SPF, Ezeiza (13/03/2014)
  • Unidad nro. 19 del SPF, Ezeiza (17/03/2014)
  • Planta V del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Devoto (19/03/2014)
  • Unidad Residencia nro. III del Complejo Penitenciario Federal nro. II del SPF, Marcos Paz (03/04/2014)
  • Hospital Penitenciario Central del Complejo Penitenciario Federal nro. I del SPF, Ezeiza (11/04/2014)
  • Unidad Residencial nro. IV del Complejo Penitenciario Federal nro. II del SPF, Marcos Paz (29/04/2014)
  • Unidad Residencial nro. II del Complejo Penitenciario Federal nro. II del SPF, Marcos Paz (06/05/2014)
  • Unidad nro. 4 del SPF, Santa Rosa, Provincia de  La Pampa (15 y 16/05/2014)
  • Unidad nro. 21 del SPF "Centro Penitenciario de Enfermedades Infecciosas" (16/05/2014)
  • Unidad nro. 13 del SPF, Santa Rosa, La Pampa (27/05/2014)
  • "Sector A" de la Unidad nro. 31 del SPF, Ezeiza (28/05/2014)
  • Unidad nro. 12 del SPF, Viedma, Provincia de Río Negro (02 y 03/06/2014)
  • Alcaidía Federal de Viedma, Provincia de Río Negro (04/06/2014)
  • Unidad nro. 30 del SPF, Santa Rosa, Provincia de  La Pampa (12/06/2014)
  • Unidad nro. 8 del SPF, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy (30/06/2014)
  • Unidad nro. 22 del SPF, San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy (30/06/2014)
  • Escuadrón nro. 20 de Gendarmería Nacional, San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta (02/07/2014)
  • Pabellones A y B de la Unidad Residencial nro. VI del Complejo Penitenciario Federal nro. I del SPF (15/07/2014)
  • Pabellón 1 de la Unidad Residencial nro. I del Complejo Penitenciario Federal nro. II del S.P.F. (26/08/2014).
  • Unidad Residencial I y II del Complejo Penitenciario Federal IV (04/09/2014)
  • Unidad nro. 4 del SPF (04/09/2014, realizada por el Dr. Riera)
  • Hospital Penitenciario Central y Pabellón 1 y 2 de la Planta 1 del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del SPF (10/09/2014)
  • Unidad nro. 17 del SPF (25/09/2014, realizada por los Dres. Vargas y Richiello)
  • Escuadrones nro. 10 (Eldorado), 11 (San Ignacio), 13 (Iguazú), 50 (Posadas) de Gendarmería Nacional ubicados en la Provincia de Misiones  (25 y 26/09/2014, realizada por los Dres. Vargas y Richiello)
  • Comisaría 8va. (Barrio San Jorge, Posadas) y División de Resguardo de detenido (Provincial) ubicadas en Misiones  (25 y 26/09/2014, realizada por los Dres. Vargas y Richiello)
  • Pabellones 1, 4 y 7 de la Unidad Residencial nro. I y Pabellones 1, 2, 9 y 10 de la Unidad Residencial nro. IV del Complejo Penitenciario Federal nro. II del SPF (29/09/2014)
  • Unidad nro. 9 del SPF (10/10/2014, realizada por el Dr. Matkovick)
  • Hospital Penitenciario Central y “Anexos” del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del SPF (01/10/2014)
  • Unidad nro. 24 del SPF (21/10/2014), junto con la Procuración Penitenciaria de la Nación.
  • “Retenes” del Complejo Penitenciario Federal nro. II (24/10/2014)
  • Complejo Provincial de San Rafael, Mendoza (29/10/14, realizada por el Dr. Amuchastegui).
  • Unidad nro. 24 del SPF (31/10/2014), junto con la Procuración Penitenciaria de la Nación.
  • “Retenes” del Complejo Penitenciario Federal nro. I (03/11/2014)
  • Unidad nro. 24 del SPF (17/10/2014), junto con la Procuración Penitenciaria de la Nación.
  • Módulo V del Complejo Penitenciario Federal nro. II, en el marco de una inspección judicial (27/11/2014)
  • Planta VI del Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (01/12/2014)
  • Unidad nro. 31 del SPF (02/12/2014)
Año 2013 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

Año 2013 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

Durante el transcurso del presente año se han monitoreado los siguientes establecimientos penitenciarios dependientes del Servicio Penitenciario Federal:

  • Centro de Detención Judicial - Unidad Nº 28  - Alcaidía del Palacio de Tribunales.
  • Alcaidía Penal Inspector General ( R) Roberto Pettinato.
  • Alcaidía Correccional Juncal.
  • Alcaidia Correccional Lavalle.
  • Alcaidia Coronel Miguel Ángel Paiva.
  • Alcaidia Penal Federal -Unidad nº 29-.
  • Alcaidía Federal de Viedma
  • Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (módulo III, pabellones nº 48 al 50 y Sala de abogados).
  • Complejo Penitenciario Federal IV, Ezeiza
  • Complejo Penitenciario Federal I (módulos I y IV).
  • Complejo Penitenciario Federal para Jóvenes Adultos y Anexo II ubicado en el Módulo V del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz.
  • Servicio Psiquiátrico de Varones (CPF I).
  • Servicio Psiquiátrico de Mujeres (CPF IV).
  • Unidad Nº 6, Rawson
  • Unidad Nº 7, Resistencia
  • Unidad Nº 11, Roque Sáenz Peña.
  • Unidad nº 15, Río Gallegos. 
  • Escuadrones Nros. 1, 48 y 50 de GN ubicados en las ciudades de Roque Sáenz Peña, Corrientes y Resistencia
Año 2012 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

Año 2012 - Monitoreo de los Establecimientos Penitenciarios

La Comisión de Cárceles de la Defensoría General de la Nación ha monitoreado durante el transcurso del presente año los siguientes establecimientos penitenciarios dependientes del Servicio Penitenciario Federal:

  • Servicios Psiquiátricos Centrales de Varones y Mujeres  (ex. Unidades Nros. 20 y 27)
  • Centro de Detención Judicial - Unidad Nº 28  - Alcaidía del Palacio de Tribunales
  • Alcaidía Penal Inspector General ( R) Roberto Pettinato
  • Instituto de Seguridad y Resocialización -Unidad Nº 6- Rawson, Provincia de Chubut
  • Complejo Penitenciario Federal de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
  • Complejo Penitenciario Federal  IV  de Mujeres  –ex. Unidad Nº 3-, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires
  • Complejo Penitenciario Federal de Jóvenes Adultos, Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires
  • Complejo Penitenciario Federal III –NOA-, Güemes, Provincia de Salta.
  • Complejo Penitenciario Federal I, Ezeiza, Provincia de Buenos Aires.
  • Colonia Penal de General Roca -Unidad nº 5- y Colonia Penal de Viedma -Unidad nº 12-, Provincia de Río Negro.
  • Prisión Regional del Sur -Unidad nº 9-,Provincia de Neuquén.
  • Colonia Penal de Ezeiza -Unidad nº 19-, Provincia de Buenos Aires.
  • Unidad Residencial II del Complejo Penitenciario Federal para Jóvenes Adultos; ubicada en el Módulo V del Complejo Penitenciario Federal II de Marcos Paz, Provincia de Buenos Aires.     

El informe elaborado producto de la visita es comunicado a la Dirección Nacional del Servicio Penitenciario Federal, a las autoridades del establecimiento y a otros organismos que también tienen por objetivo el monitoreo de las condiciones en que se materializa la privación de la libertad de las personas.

 

Protocolos

PROTOCOLO PARA LA IMPLEMENTACION DEL RESGUARDO DE PERSONAS EN SITUACION DE ESPECIAL VULNERABILIDAD

PROTOCOLO PARA LA IMPLEMENTACION DEL RESGUARDO DE PERSONAS EN SITUACION DE ESPECIAL VULNERABILIDAD

Celebrado entre la Def. Gral de la Nación, la Procuración Penitenciaria y el Servicio Penitenciario Federal

El viernes 8 de marzo se homologó el Protocolo para la implementación del Resguardo de Personas en Situación de Especial Vulnerabilidad.  Este documento surgió a partir de una mesa de diálogo entre la Defensoría General de la Nación, la Procuración Penitenciaria y el Servicio Penitenciario Federal que fue dispuesta judicialmente en el marco de la causa -hábeas corpus- Nº 9881/10 del Juzgado Federal nº 1 de Lomas de Zamora.

Entre sus disposiciones el Protocolo prevé cinco modalidades de resguardo (1)alojamiento en un pabellón para internos con resguardo, 2)exámenes médicos periódicos, 3) custodia especial, 4)registro permanente de todos los agentes que mantengan contacto con el detenido resguardado y 5) medios electrónicos) a la vez que prohíbe el encierro en celda individual de personas más allá de los supuestos previstos en la ley, es decir, en casos en que no hayan sido objeto de una resolución del Director del establecimiento que le imponga un sanción disciplinaria a tenor del art. 87 de la Ley de Ejecución  Penal o que disponga la separación provisional del detenido a tenor de lo previsto en el art. 82de la Ley 24660 y en los arts.35. 36 y 37 del Reglamento de Disciplina para los internos. Asimismo se consagra la prohibición de la aplicación de “regímenes de aislamiento colectivo y/o uso de sectorizado de los espacios comunes de pabellón”

 Descargar el Protocolo para la implementación del Resguardo de Personas en Situación de Especial Vulnerabilidad

PROTOCOLO PARA PREVENIR Y RESOLVER SITUACIONES DE VIOLENCIA EN UNIDADES DE JOVENES ADULTOS

PROTOCOLO PARA PREVENIR Y RESOLVER SITUACIONES DE VIOLENCIA EN UNIDADES DE JOVENES ADULTOS

Creado en el marco del sumario nº 4577 del Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional Nº 3 de Morón

Este Protocolo, que surgió a partir de una mesa de diálogo que se convocó en el marco del sumario aludido, prevé entre sus disposiciones que se deberá limitar el uso de la fuerza salvo cuando sea estrictamente necesario (art 1); que el personal que trabaje con jóvenes adultos deberá ser especialmente seleccionado y capacitado en forma permanente (art. 2); que se deberán instalar en los establecimientos penitenciarios cámaras de seguridad que permitan monitorear el contacto de los jóvenes detenidos con el personal penitenciario (art. 4); que se prohíbe el uso de aislamiento en celda individual salvo en los casos  expresamente previstos en la Ley, debiéndose mantener frente a estos detenidos un régimen que les permita acceso al patio y a actividades recreativas, laborales, educativas y culturales, asistencia y seguimiento médico y psicológico y comunicación con el exterior (art. 6)

Descargar el Protocolo para Prevenir y Resolver Situaciones de Violencia en Unidades de Jóvenes Adultos

 

Más Información

Difusión del informe elaborado por la SPPDP de Santa Fe

Ingreso de Visitas al Servicio Penitenciario Federal

Teléfonos Útiles - Servicio Penitenciario Federal

Sistema de Coordinación y Seguimiento de Control Judicial de Unidades Carcelarias

Control de las condiciones de alojamiento de la Unidad Nº 6 del SPF- Rawson

Nuevas Características de Alojamiento del CPF IV de Ezeiza

Unidades dependientes del Servicio Penitenciario Federal

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