Por Resolución D.G.N. Nº 409/2015 la Sra. Defensora General de la Nación, dispuso que los agentes del Ministerio Público de la defensa que cumplan con los requisitos enunciados a continuación, perciban en forma mensual, de Febrero a diciembre, el “Subsidio por Primera Infancia”. Por Resolución DGN N° 321/2023 se actualizó el monto a cinco mil seiscientos ochenta y siete pesos con noventa y dos centavos ($ 5.687,92) mensuales
Requisitos para percibir el subsidio: Desempeñarse en un cargo de jerarquía equivalente o inferior al de Secretario/a de Primera Instancia –interino, efectivo o contratado-.
Tener hijos/as menores a su cargo, de entre cuarenta y cinco días y cinco años de edad cumplidos antes del 30 de Junio de cada año.
Tienen el mismo derecho aquellos agentes que posean la guarda de niños/as con fines de adopción que cumplan con los requisitos enunciados.
El beneficio aludido deberá ser percibido por sólo uno/a de los progenitores, tutores o guardadores, cuando ambos se desempeñen en relación de dependencia dentro del Organismo.
Documentación necesaria: Declaración Jurada Resolución DGN Nº 409/2015 Descargar en Formato Word - Descargar en Formato PDF
Fotocopia certificada por funcionario/a letrado/a, de la partida de nacimiento de cada uno/a de los/as menores por los cuales se perciba el subsidio.