El Comité de Derechos Humanos, órgano de las Naciones Unidas dedicado a la vigilancia del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, se encuentra trabajando en la elaboración de la Observación General Nº 36 con el fin de revisar y actualizar la interpretación del derecho a la vida reconocido en el artículo 6 de ese tratado. Con motivo de ello, ha invitado a distintas instituciones públicas y organizaciones de la sociedad civil a realizar sus aportes para enriquecer la discusión preparatoria y la posterior elaboración del documento.


La Defensoría General de la Nación, con la colaboración de la Comisión sobre Temáticas de Género, ha realizado una contribución en ese proceso, con el objetivo de incorporar el enfoque de género en la futura Observación. Desde la perspectiva institucional, las discusiones previas a ella se presentan como una oportunidad única para reforzar los deberes estatales de protección de la vida de las mujeres, amenazada en todo el mundo tanto por agentes estatales como por particulares que operan bajo la tolerancia y aquiescencia de los Estados. Como el propio Comité reconoce en observaciones y pronunciamientos anteriores, es necesario que el Derecho Internacional de los Derechos Humanos recoja las experiencias diferenciales de las mujeres, de forma tal de discontinuar el paradigma androcéntrico presente en las leyes y en las prácticas.


La amplitud de los temas a debatir en la reunión preparatoria obligó a centrar los aportes sólo en algunos aspectos que hacen a las áreas de trabajo y a los intereses específicos de la DGN. En particular, se ofrecieron apreciaciones institucionales sobre los siguientes tópicos: (i) el estatus de los embriones no implantados y la inaplicabilidad del artículo 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; (ii) los alcances y excepciones del deber de protección de la vida en gestación, la  despenalización del aborto en el embarazo temprano y su compatibilidad con el art. 6.1 del Pacto; (iii) la mortalidad materna y la relación entre el artículo 6.1 del Pacto y los estándares internacionales en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y (iv) la violencia contra las mujeres y las obligaciones de debida diligencia en la prevención, investigación y sanción de los hechos.


Para conocer el contenido completo de los aportes de la Defensoría General de la Nación para la discusión preliminar de la Observación General Nº 36:

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